La Municipalidad de San Carlos de Bariloche determinó aumentos de entre el 363% y el 1.166% en la Tasa de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos.
Durante el año 2021 la Municipalidad de San Carlos de Bariloche empezó a incluir dentro de la boleta de la Tasa de Seguridad e Higiene (TISH) la tasa nombrada en el párrafo anterior. Esta tasa se cobra a los generadores comerciales de residuos sólidos urbanos (RSU) y define como generador comercial a quien genera un volumen de residuos superior a un (1) metro cúbico mensual.
Para determinar el monto a pagar se establece un valor mínimo fijo de acuerdo con la categoría que el contribuyente reviste en AFIP (monotributista, RI autónomo, sociedad) y la actividad que desarrolla. Hasta el año 2021 los montos a pagar iban desde los $ 394 hasta los $ 5.132 según el contribuyente del que se trataba, pero este año van desde los $ 625 a los $ 23.750. Se establecen las siguientes categorías:
Categoría | M3 mensuales de residuos | Valor |
1 | 1,5 | $ 625 |
2 | 2 | $ 1.250 |
3 | 5 | $ 5.000 |
4 | 10 | $ 11.250 |
5 | 20 | $ 23.750 |
Todos los meses el contribuyente debe informar los m3 de basura que género, pero la municipalidad no cobrara un importe menor a la categoría que le asigno a cada contribuyente.
Por otro lado, se faculta a la Secretaría de Hacienda a aplicar un porcentaje de descuento equivalente al 40% de lo determinado en concepto de tasa para aquellos contribuyentes que auto-transporten sus residuos, ya sea por medios propios o mediante tercerización, al centro de residuos urbanos municipal (CRUM). También, se faculta a la Secretaría de Hacienda a adicionar un descuento del 40% para aquellos contribuyentes que auto-transporten sus residuos y cuenten con la disposición final de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Urbano, en con junto con la ARB, de recibirlos.
Dichos descuentos se deben solicitar en las oficinas de la Municipalidad. Además, se establece el derecho del contribuyente de solicitar la revisión de la categoría asignada; para lo cual deberá presentar nota ante la Secretaría de Hacienda esgrimiendo los argumentos por los que solicita dicha revisión y adjuntando la correspondiente documentación respaldatoria que de prueba de lo expresado.