A partir del 1/7/2021 los Responsables Inscriptos en IVA deben emitir comprobantes tipo A con IVA discriminado a los monotributistas, incluyendo en los mismos la leyenda «El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618».