A través del decreto 795-2020 se reglamentó la ley 27563 que dispone medidas para el sostenimiento y la reactivación de la actividad turística nacional con el fin de paliar el impacto económico, social y productivo consecuencia de la emergencia sanitaria por la pandemia.
A tal fin se establece:
- La vigencia del Programa de Asistencia al Trabajo (ATP) hasta el 31 de diciembre de 2020 para las actividades del sector cuando se encuentren paralizadas o tengan una facturación inferior al 30%.
- Un Bono Fiscal Vacacional de hasta $20.000 por grupo familiar, que se asignará a partir del mes de enero de 2021, para familias cuyos ingresos mensuales netos totales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos, vitales y móviles. Dicho bono tendrá una asignación presupuestaria máxima de $2.000.000.000 que se asignará conforme el orden de presentación de las solicitudes
- Un plan de preventa para reactivar el turismo interno, mediante el reconocimiento de un crédito por parte del Estado Nacional equivalente al 50% del monto de cada operación de compra de servicios turísticos a ser brindados en Argentina (mas info en https://www.previaje.gob.ar/)
- Prorroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales, o las ganancias de las actividades alcanzadas por la presente ley, cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre de 2020.
Recordamos que las actividades comprendidas en esta ley son las siguientes:
- Servicios de alojamiento en camping y/o refugios de montaña, en hoteles, hosterías, cabañas bungalows, aparts y residenciales similares, excepto por hora, hospedaje en estancias y albergues juveniles y servicios en apartamentos de tiempo compartido;
- Agencias de viajes: servicios de empresas de viajes y turismo, servicios de agencias de turismo y agencias de pasajes;
- Transporte: aerocomercial de cabotaje, terrestre de larga distancia y servicios de excursiones y/o traslado de trenes especiales y servicios de excursiones lacustres, fluviales y marítimas con fines turísticos, servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, servicios de alquiler de equipos de transporte terrestre sin operación ni tripulación; y sus respectivos servicios de explotación de terminales;
- Servicios profesionales de licenciados en turismo, técnicos en turismo y guías de turismo, instructores de algún deporte vinculado a la actividad turística, permanentes y/o estacionales;
- Servicios de centros: de esquí, de pesca deportiva, de turismo salud, turismo termal y/o similares, turismo aventura, ecoturismo o similares y otros centros de actividades vinculadas con el turismo;
- Alquiler de bienes: bicicletas, motocicletas, equipos de esquí, kayaks y otros artículos relacionados con el turismo;
- Bodegas, jardines botánicos, zoológicos y parques nacionales, parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio, explotación de playas y parques recreativos, museos y preservación de lugares y edificios históricos;
- Servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones y/o exposiciones, servicio de alquiler y explotación de inmuebles para ferias, congresos y/o convenciones, servicios empresariales vinculados con la organización de ferias, congresos y/o convenciones, servicios de alquiler de equipamiento para la realización de ferias, congresos y/o convenciones;
- Gastronomía: cafés, bares y confiterías, restaurantes, cantinas, restaurante y cantina con espectáculo, servicios de restaurante y cantina con espectáculo;
- Actividad comercial en terminales de aeropuertos, parques nacionales y zonas francas que dependan de la actividad turística;
- Servicios de salones de baile y discotecas en territorios cuyo principal ingreso es la actividad turística;
- Productos regionales: la cadena de elaboración del chocolate, helados, alfajores, cervezas artesanales y otros comestibles en territorios cuya principal fuente de ingresos sea la actividad turística;
- Otros servicios: venta de artículos y artesanías regionales, antigüedades, talabartería de cuero, plata, alpaca y similares;
- Cines, producción de espectáculos teatrales y musicales.