A través de la RG 5515/2024 se prorroga la presentación y pago del Impuesto sobre los Bienes Personales Acciones y Participaciones Societarias que las sociedades pagan en carácter de responsable sustituto de sus socios, por el período fiscal 2023 para las sociedades categorizadas como Pymes.
Estos sujetos podrán efectuar la presentación de la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales sobre las acciones y/o participaciones sociales y el ingreso del saldo resultante, correspondiente al período fiscal 2023, hasta las fechas que, según la terminación de la CUIT de dichos responsables, se indican a continuación:
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: Fecha límite: 12 de agosto de 2024
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: Fecha límite: 13 de agosto de 2024
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: Fecha límite: 14 de agosto de 2024
La razón de la misma se sustenta en que dicha obligación por el período fiscal 2023 puede poseer cambios por el Paquete Fiscal que aún se encuentra en trámite en el Congreso de la Nación.