La AFIP adecúa los motivos del decaimiento del beneficio de ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del IVA.
En tal sentido, el decaimiento del beneficio ocurrirá cuando se incumpla con el pago y la presentación de 3 declaraciones juradas mensuales del IVA correspondiente a los últimos 12 períodos fiscales vencidos.
Por otro lado, también se dispone que los contribuyentes perderán la posibilidad de obtener mediante un procedimiento simplificado el certificado de exclusión de los regímenes de retención, percepción y pago a cuenta del IVA cuando se verifique la falta de presentación de 3 declaraciones juradas mensuales del gravamen correspondientes a los últimos 12 períodos fiscales vencidos.