A través de la resolución general 5481, publicada en el Boletín Oficial del 30 de enero, la AFIP modifico la tasa de financiación de planes de pago permanentes para Pymes.
Al respeto, el Organismo dispone que, a partir del mes de febrero, la tasa de interés de financiación será la que resulte de aplicar el 50% para micro y pequeñas empresas, y el 60% para medianas empresas sobre la tasa de interés resarcitorio, vigente a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago. Anteriormente era el 90% y 95% respectivamente.
En consecuencia, se dispone para aquellas micro y pequeñas empresas el interés a aplicar será del 7,63% mensual y para las medianas a 9,16% mensual.
Para los contribuyentes que no sean Pymes la tasa será del 100% de la tasa de interés resarcitorio que será un 15.27% mensual.