La AFIP decidió un día antes del vencimiento para ingresar a un plan de facilidades de pago de las deudas vencidas al 31 de enero último, extender el régimen hasta los compromisos vencidos el 30 de abril.
Además, se comunicó que se podrán incluir en este régimen obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago anteriores cuya caducidad haya operado hasta el 31 de julio de este año, fecha que se amplía con esta nueva normativa, ya que la resolución original establecía que el día límite para las caducidades era el 15 de mayo último.
Les recordamos las principales caracteristicas de este plan de pagos:
- Se encuentran incluidas las deudas impositivas y previsionales, y del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y/o al Régimen de Trabajadores Autónomos, vencidas al 30/04/2019 (antes era 31/01/2019).
- El presente plan de facilidades de pago tendrá un pago a cuenta según el siguiente detalle:
- 1% de la deuda consolidada: para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social de contribuyentes mipymes (inscriptos en el Registro) y monotributistas.
- 5%, 10% o 20% de la deuda consolidada: según la cantidad de cuotas solicitadas, cuando se trate de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social para el resto de los contribuyentes.
- Las cuotas serán mensuales, iguales en cuanto al componente capital a cancelar, y consecutivas, y serán como máximo 60 cuotas.
- La tasa de financiamiento será fija y mensual para la primera cuota del mes de setiembre de 2019 y luego será variable, y se actualizará por trimestre calendario para las cuotas con vencimiento en los meses de octubre de 2019 y siguientes. La tasa de interés tope para contribuyentes mipymes (inscriptos en el Registro) será del 2,5% mensual.
- Vigencia hasta el 31/8/2019.