El decreto reglamentario de la Ley de Emergencia Económica aclara en qué situaciones se aplicará el impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), que es un recargo del 30% en todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera.
Al respecto señala que, la adquisición de divisas internacionales para atesoramiento llevará un tributo del 30 por ciento.
En el artículo 17 del decreto se estableció que cuando se trate de servicios digitales (como Netflix o Spotify) el impuesto tendrá una importante reducción, ya que será solamente del 8%.
Por otra parte, se confirmó que no se aplicará el impuesto cuando el pago de las operaciones se realice con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia, por ejemplo, en una caja de ahorro en dólares.
Los otros beneficiados por la medida son los que viajen a países limítrofes por tierra, ya que se informó que los servicios de transporte de pasajeros no pagarán el 30 por ciento.
Otros casos en los que no se aplicará el impuesto PAIS es en gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas, software con fines educativos y gastos asociados a proyectos de investigación desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario argentino.