AFIP reglamenta la moratoria
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la adhesión a la ampliación de la Moratoria 2020.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la adhesión a la ampliación de la Moratoria 2020.
La entidad que conduce Pesce lanzó una batería de restricciones, que incluyen limitaciones a la compra de dólar ahorro y con tarjetas en el exterior
La AFIP prorroga el vencimiento general de presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social (SUSS) correspondiente al período devengado agosto de 2020.
Se extiende hasta el 30/9/2020, inclusive, la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de la AFIP.
A través de la Ley 27.562 se promulgó la ley de moratoria ampliada. Aún resta reglamentación de AFIP para poder acceder a la misma.
Las firmas prestadoras de servicios médicos tendrán por 90 días más una reducción del 95% de las contribuciones patronales y una alícuota menor para el impuesto al cheque.
Se establece una exención del 100% en el impuesto sobre los ingresos brutos correspondientes a los meses de agosto, septiembre y octubre de 2020 para determinadas actividades vinculadas al turismo
Se podrá incluir deuda vencida al 30/06/2020 con condonación de intereses y en hasta 36 cuotas.
El Plan de Regularización de Deuda Consolidada permite abonar deudas anteriores con condonación de intereses, cuotas y descuentos en el capital de hasta el 50%. Además, se puede retomar el pago anual anticipado de este año, y abonar por adelantado el de 2021.
Hasta el 30 de septiembre las empresas no podrán despedir a sus empleados sin justa causa y por las causales de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo