FACTURACION – IDENTIFICACIÓN DEL CONSUMIDOR FINAL
La AFIP actualiza los importes de las operaciones para que los contribuyentes se encuentren obligados a identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta.
La AFIP actualiza los importes de las operaciones para que los contribuyentes se encuentren obligados a identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta.
Según lo establece la Resolución General (AFIP) 4268, desde este mes se pueden incluir los saldos a pagar de ganancias (incluyendo renta financiera) y bienes personales del período fiscal 2019 en los planes de pago permanentes de la AFIP.
La eximición total de los derechos sobre mesas y sillas dispuestas en la acera, rige hasta finales de abril.
Se publicaron las nuevas tasas de interés AFIP, las cuales tendrán vigencia desde el 1 de enero al 31 de marzo de 2021.
Se prorrogó por 90 días la vigencia de las disposiciones del artículo 2 del Decreto 300/2020, extendido en tres oportunidades, la última de ellas el 27 de noviembre último, desde su decisión original adoptada el 19 de marzo de este año.
Se prorroga hasta el 15/12/2020 el plazo para realizar la adhesión a la moratoria ampliada 2020.
Se establece una nueva prórroga hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, con el objeto de mantener el tratamiento diferencial otorgado a los empleadores correspondientes a las actividades relacionadas con la salud en lo que respecta a las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias establecido por el decreto 300/2020.
Se extiende hasta el 31/12/2020, inclusive, la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de la AFIP, sin perjuicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
Lo hizo a través del Decreto 961/2020, publicado este lunes en el Boletín Oficial. Previamente, ya había prorrogado la prohibición de despidos y suspensiones
Lo hizo a través del Decreto 891/2020, que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial. De esta manera, la medida seguirá vigente hasta enero del año próximo.