AFIP dispuso medidas de alivio para afectados por los incendios de la Comarca Andina
Se prorrogan vencimientos de distintas obligaciones impositivas por 120 días
Se prorrogan vencimientos de distintas obligaciones impositivas por 120 días
En los próximos meses regirá la obligatoriedad de reemplazos de equipos de vieja tecnología. Los mismos deben ser reemplazados por controladores de nueva tecnología o uso de factura electrónica.
Las MiPyMES, monotributistas y trabajadores autónomos dedicados al turismo pueden acceder a un crédito de hasta $10.000.000 con una tasa de hasta el 18% anual.
La AFIP establece que a partir del 1/3/2021 entra en vigencia el Régimen de Registración de Contratos de Locación.
Como parte de su Plan de Trabajo 2020, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), convocó a la realización de un Censo Nacional Económico 2020/2021 en todo el país para configurar bases actualizadas de un sistema integrado de estadísticas económicas.
La Secretaría de Hacienda de la Municipalidad comunica que lanzó un régimen especial de regularización de deudas devengadas durante el ejercicio fiscal 2020. Hay tiempo hasta el 31 de marzo para adherirse.
La AFIP suspende hasta el 28/2/2021 la iniciación de juicios de ejecución fiscal. Asimismo, suspende hasta la misma fecha la traba de medidas cautelares para los sujetos que se encuentren inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
Aquellos contribuyentes con facturación electrónica a través de un sistema (WebService) deben adaptar su sistema para que la en la factura salga dicho código QR.
Se establece una nueva prórroga hasta el 31 de marzo de 2021, inclusive, con el objeto de mantener el tratamiento diferencial otorgado a los empleadores correspondientes a las actividades relacionadas con la salud en lo que respecta a las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias establecido por el decreto 300/2020.
Se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 90 días. Asimismo, se extiende la doble indemnización hasta el 31/12/2021 pero con un tope de suma extra indemnizatoria.