Se publicó del Decreto 438/2023 que oficializó el otorgamiento de la asignación no remunerativa para los trabajadores que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado regidos por la Ley de Contrato de Trabajo, Trabajadores de la Construcción (Ley 22.250), Trabajadores Agrarios (Ley 26.727) , otros estatutos profesionales especiales y para los trabajadores en actividad que cumplen tareas en relación de dependencia en las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL . La suma a otorgar que ascenderá hasta la suma de $ 60.000, que será abonada por los en 2 cuotas de $ 30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.
- Para los trabajadores a jornada parcial el pago de la asignación será proporcional.
- La asignación no remunerativa se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, inferiores a PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000) o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.
- Las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigor del presente decreto podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares, las sumas abonadas en concepto de la asignación no remunerativa dispuesta en el artículo 1°, conforme a los siguientes porcentajes de reintegro para cada una de las categorías del Registro MiPyME detalladas:
- Micro: CIEN POR CIENTO (100 %) del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.
- Pequeña: CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.
Los reintegros establecidos en el presente artículo serán efectuados durante los meses correspondientes al pago de la asignación no remunerativa y tendrán como monto máximo mensual el total de las contribuciones patronales declaradas con destino a los subsistemas enunciados.
- Casas Particulares
Se establece una asignación no remunerativa para los trabajadores del “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, que ascenderá a la suma de $ 25.000, que será abonada por los empleadores en 2 cuotas de 12.500 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023. O su proporcional si trabajan a tiempo parcial.