La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementará la plataforma “Libro IVA Digital” que permitirá completar en forma electrónica tres obligaciones: el régimen informativo de compras y ventas; la Declaración Jurada de IVA (Impuesto al Valor Agregado) y el pago correspondiente. El proceso comenzará a implementarse para un pequeño grupo de contribuyentes que serán notificados en su domicilio fiscal electrónico.
Para facilitar la carga de información, se pondrán a disposición las facturas electrónicas emitidas y recibidas y la información de controladores fiscales de nueva tecnología para que el contribuyente las ratifique o rectifique en la registración de ese período, y además pueda agregar las facturas que no figuren en la plataforma.
Se incluirán todas las operaciones de compras y ventas, sean o no generadoras de crédito o débito fiscal en el IVA, que correspondan registrarse en el período mensual que se informa. Con esto, los contribuyentes que sean Responsables Inscriptos o estén exentos en el IVA deberán ingresar mensualmente para registrar las operaciones de compra y venta en el Portal IVA. El cronograma de implementación será el siguiente:
- OCTUBRE 2019: Responsables inscriptos (RI) que notifiquen al domicilio fiscal electrónico
- ENERO 2020: RI actualmente obligados al régimen de información de ventas y compras, y que hayan facturado menos de $ 500.000 en el 2018
- MARZO 2020: RI actualmente obligados al régimen de información de ventas y compras, y que hayan facturado entre $ 500.000 y $ 2.000.000 en el 2018
- MAYO 2020: RI actualmente obligados al régimen de información de ventas y compras, y que hayan facturado más de $ 2.000.000 en el 2018
- JULIO 2020: RI no obligados actualmente al régimen de información de ventas y compras, y Exentos