El Ministerio de Economía encomendó a la AFIP el dictado de una serie de medidas de alivio fiscal para pymes, trabajadores autónomos y pequeños contribuyentes, entre las cuales se destaca un plan de facilidades de pago.
A través de la Resolución 1416/2023, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Palacio de Hacienda dispuso que el ente recaudador deberá instrumentar un plan de facilidades de pago para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive.
Ese plan está destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con «Certificado MiPyME» vigente a la fecha de adhesión al plan.
Además, tendrá que disponer la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para eso contribuyentes hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive.
También prorrogar el vencimiento de las obligaciones de pago del aporte personal de los trabajadores autónomos, correspondiente a septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, y también del IVA, para los mismos períodos fiscales. Las nuevas fechas de vencimiento para el pago de las obligaciones prorrogadas no podrá ser anterior al 1° de marzo de 2024.
Modificar el régimen de retención del impuesto a las Ganancias, a los fines de actualizar los importes de la escala y/o alícuotas aplicables para el cálculo de la citada retención cuando se trate de pagos por el ejercicio de profesiones liberales u oficios es otra de las medidas.
Por otro lado, tendrá que suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el procedimiento para aplicar la exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y el mecanismo de baja automática.
Por último, establecer un nuevo régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pago de los impuestos, cuyos vencimientos operen durante enero de 2024, debiendo instrumentar el ingreso de un pago a cuenta por cada obligación, en los términos y condiciones que establezca la AFIP.
Todas estas medidas para entrar en vigencia deberán ser reglamentadas por AFIP.