A través de la resolución general de AFIP 4525 se establecen modificaciones al régimen general de retención del impuesto, con aplicación para los pagos que se realicen a partir del 1/8/2019. Aproximadamente se incrementan un 57% los montos no sujetos a retención que se aplican a los sujetos inscriptos en el impuesto. Las principales modificaciones son las siguientes:
- Alquileres el monto sujeto a retención paso de $ 7.120 a $ 11.200
- Servicios el monto no sujeto a retención paso de $ 42.700 a $ 67.170
- Enajenación de bienes el monto no sujeto a retención paso de $ 142.000 a $ 224.000
- Honorarios profesionales el monto no sujeto a retención paso de $ 10.700 a 16.830 (en este caso de honorarios también cambio la escala de la alícuota progresiva que se retiene)
- Importe mínimo de retención pasa de $ 150 a $ 240.