La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la implementación de beneficios para los contribuyentes cumplidores en la Moratoria 2020, que contemplan la exención para monotributistas, una deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y un mecanismo de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas, entre otras cuestiones.
La ley que instrumento en la moratoria vigente incluyó un conjunto de beneficios para aquellos contribuyentes que al 26 de agosto de 2020 no registran incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias en los últimos tres períodos fiscales.
La adhesión a los beneficios se efectúa a través del sitio web de la AFIP. El mecanismo para solicitarlos estará habilitado hasta el 30 de noviembre, inclusive.
Beneficio para monotributistas
En el caso de los monotributistas el beneficio será la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500. El beneficio varía de acuerdo a cada categoría:
- Categoría A y B: Eximición en los periodos fiscales 01 a 06/2021
- Categorías C y D: Eximición en los periodos fiscales 01 a 05/2021
- Categorías E y F: Eximición en los periodos fiscales 01 a 04/2021
- Categorías G y H: Eximición en los periodos fiscales 01 a 03/2021
- Categorías I, J y K: Eximición en los periodos fiscales 01 a 02/2021
Beneficio para autónomos
El beneficio para autónomos se aplicará en la declaración jurada de ganancias correspondiente a 2020 para personas humanas a presentar en junio del próximo año.
Dichos contribuyentes podrán deducir, por un periodo fiscal, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. Están exceptuados quienes ocupen cargos públicos, los trabajadores en relación de dependencia y quienes estén jubilados.
Beneficio para micro y pequeñas empresas
Las micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.