La AFIP presentó a través de su sitio de prensa, el detalle de las medidas anunciadas el día 14 de agosto de 2019 por el Gobierno Nacional y como se llevarán a cabo. A continuación, las medidas impositivas que implementará la AFIP.
- Se suspenden por 90 días los embargos para las Pymes.
- Se actualiza el Mínimo No Imponible (MNI) y deducciones especiales de Ganancias en un 20% aplicable para todo el 2019 para alinear el índice con el ritmo de la inflación. La última actualización fue de 28,3%. Para confirmarse, necesitará aprobación del Congreso. La devolución del impuesto ya pagado se hará reduciendo las retenciones de los meses venideros.
- Se Aumenta el número de planes disponibles en Plan Permanente de la RG 4268 de 6 a 10
- Se Suspende hasta fin de año la aplicación del SIPER para la determinación de la cantidad de planes y la tasa de financiamiento.
- Los contribuyentes no Pymes tampoco tendrán tasa diferenciada según SIPER.
- Se amplía el plan de la RG 4477 aumentando el límite de cuotas a 120 y se amplía el universo de obligaciones alcanzadas, permitiendo que pueda ingresar deuda vencida hasta el 15/8/2019. Además, el plazo de presentación se extiende hasta el 31/10/2019. La primera cuota vencerá en diciembre de 2019. Se mantiene el pago a cuenta del 1% y la tasa de financiación con tope del 2,5%. Se podrán refinanciar los Planes Amplios de Pyme vigentes para convertirlos en planes de hasta 120 cuotas en las nuevas condiciones.
- Se exime del pago del componente impositivo del Mono tributo en septiembre.
- Se reducirán un 50% los anticipos de octubre y diciembre para trabajadores autónomos.
ACLARACION IMPORTANTE: Al día de la fecha ninguna de las medidas se encuentra reglamentada, por lo que no se sabe de qué forma se implementaran las mismas.