La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extiende el plazo para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del saldo resultante, con el fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Así lo establece la resolución general 5851 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago del saldo resultante de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2025, de las personas humanas y sucesiones indivisas – ya sea que se trate de responsables del régimen general o adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada – podrán cumplirse excepcionalmente hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.
Por otra parte, los sujetos alcanzados podrán efectuar de manera excepcional la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular y el pago del saldo resultante, correspondientes al período fiscal 2025, hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.







