La AFIP publicó los importes de las operaciones a partir de los cuales se deben identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta.
Los nuevos montos son aplicables a partir del 1° de enero y obedecen a la actualización semestral en base a la variación del IPC del periodo julio-diciembre 2022.
En tal sentido, debe identificarse al adquirente en operaciones de venta minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 61.534; o cuando la operación sea por un importe superior a $ 30.767 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.
Recordamos que los mencionados importes por operaciones con consumidores finales, se actualizan por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC.
¿Qué datos deben contener los comprobantes?
- Apellido y Nombres.
- Domicilio.
- CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).